Declaración anual 2023 para personas físicas: SAT

Amaury Carrola
Amaury Carrola 03/04/2024
Updated 2024/04/03 at 2:53 PM

Los contribuyentes tendrán la facilidad de pagar sus impuestos en esta declaración hasta en seis parcialidades.

Por Luis Juárez

Esta mañana dentro de las instalaciones del Sistema de Administración Tributaria (SAT) en Durango, se dio a conocer el periodo de tiempo que tendrán todos aquellos contribuyentes que se encuentren registrados como personas físicas.

Quienes presentaron en esta ocasión el pan para la Declaración Anual para Personas Físicas fueron, la Administradora Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de Durango “1”, Soledad Sotelo Belmontes e Israel Leal Acosta, Administrador Desconcentrado de Recaudación en Durango “1”.

El lapso para presentar esta declaración anual del ejercicio 2023, será a partir de los días 1 al 30 de abril, para determinar el impuesto a pagar, y para ello también se ha habilitado una opción para pagar hasta en seis parcialidades. Para ello la administradora Sotelo Belmontes, señaló que también se podrán tramitar estos trámites a través de la aplicación “SAT ID”.

Por su parte Israel Leal, en relación al pago de un saldo a cargo externó que este podría liquidarse en una sola adquisición o, bien, en seis parcialidades. La primera parcialidad será este 30 de abril, y la última se presentaría hasta el 30 de septiembre, en dado caso de que algún contribuyente se demorara en estos pagos, se le aplicará un recargo.

El objetivo del SAT al tomar esta medida, es porque se pretende que el contribuyente realice su declaración en tiempo en forma en el lapso legal establecido que es abril de 2024, y en relación al pago de las parcialidades que estas se efectúen dentro de dicho periodo, pero, para ello hay que tomar en cuenta los siguientes puntos;

*Las parcialidades deberán pagarse a más tardar el último día del mes.
*Se deben emplear las líneas de captura que genera el sistema al momento de presentar la declaración.
*Los formatos estarán disponibles para su reimpresión en el aplicativo, en la opción “Impresión de acuse”.
*Los pagos se realizarán en instituciones de crédito autorizadas.
*Existe la opción de pagos anticipados.
*En caso de no cubrir en tiempo y forma las parcialidades, se cobrarán recargos por falta de pago oportuno.
*La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo, en su caso, los recargos señalados anteriormente.

Esto es un tema de obligatoriedad para los siguientes contribuyentes; Sueldos y salarios, Servicios profesionales, Actividades empresariales (incluye plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad), Arrendamiento de bienes inmuebles, Enajenación o adquisición de bienes, Intereses o dividendos y por último Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Para poder emitir esta declaración anual del ejercicio fiscal de 2023 es necesario contar con el Registro Federal de Contribuyente (RFC), contraseña o en dado caso la“e.firma”. Para más información el público de interés puede visitar el sitio vía internet en el mini sitio http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2023/Paginas/index.html .

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