Hasta 90 años de prisión por secuestro de infantes, prevé el Código Penal de Durango

Areli Noriega
Areli Noriega 28/10/2025
Updated 2025/10/28 at 4:06 PM

Por: Martha Casas.

El presidente del Colegio Barra de Abogados de Durango, Fermín Flores, explicó que el Código Penal del Estado contempla penas de entre 50 y 90 años de prisión para quienes sean encontrados culpables del delito de secuestro de menores, tal como lo establece el artículo 9 de la legislación vigente.

En relación con el caso de la bebé sustraída del Hospital Materno Infantil de Durango, el abogado indicó que, de configurarse el delito de secuestro, la autora intelectual podría recibir la pena máxima, mientras que la cómplice enfrentaría una sanción menor, dependiendo del grado de participación que determine la autoridad judicial.

“Esta es solo una interpretación de la ley, pero será el juez quien determine la situación jurídica particular del caso”, precisó Flores, al destacar que el tipo penal de secuestro es uno de los más severamente castigados en la entidad.

Agregó que el artículo 9 del Código Penal señala diversas finalidades del delito, entre ellas la obtención de dinero, la causación de daño a la víctima o cualquier otro motivo que implique privación de la libertad. En este contexto, será el Ministerio Público y posteriormente el juez de control quienes determinen si se cumplen los elementos necesarios para acreditar el secuestro y si existieron agravantes, como la edad de la víctima.

“Por tratarse de una menor de edad, se contempla una agravante que puede llevar la pena hasta los 90 años de prisión. No se trata de prejuzgar, sino de interpretar lo que la ley establece”, puntualizó.El abogado subrayó además que existen diferentes grados de intervención, ya que uno de los implicados puede ser considerado autor directo y otro partícipe, lo que influye directamente en la penalidad impuesta.

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