• Los sujetos obligados deben de publicar los nombres de los beneficiarios, de manera activa, como una obligación de transparencia: Adrián Alcalá Méndez
• Es indispensable conocer las personas que son favorecidas y participan de un programa para tener certeza de que reúnen las características, puntualizó el Comisionado del INAI
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Bienestar entregar el padrón de beneficiarios del Programa 3×1 para Migrantes y las acciones realizadas a nivel nacional desde su entrada en operación, en 2002, a octubre de 2022, así como hacer una búsqueda del listado de clubes u organizaciones de migrantes localizadas en Estados Unidos.
“Cabe precisar que el gobierno Federal ha destinado recursos públicos al Programa 3×1 para Migrantes, ya que éste contempla que el financiamiento de los proyectos sea del 25 por ciento por parte del gobierno Federal; 25 por ciento de las organizaciones migrantes, y 50 por ciento de los gobiernos de las entidades federativas y/o los municipios”, señaló el Comisionado Adrián Alcalá Méndez.
Ante ello, dijo que conocer información sobre el ejercicio de recursos públicos a nivel federal, estatal y municipal, en el marco de este programa, coadyuva directamente a la rendición de cuentas, objetivo del ejercicio del derecho de acceso a la información.
“En cualquier circunstancia, los sujetos obligados deben de publicar los nombres de los beneficiarios, de una manera activa; es decir, como una obligación de transparencia, porque resulta indispensable conocer las personas que son favorecidas y participan de un programa generado a raíz de una política pública, para dar certeza de que esas personas existen y reúnen las características previstas en el objeto del programa creado”, puntualizó.
En respuesta a la solicitud, la Secretaría de Bienestar proporcionó un vínculo electrónico con los “Informes Trimestrales de los Programas de Subsidio del Ramo Administrativo 20”, señalando que ahí se podía consultar la información presupuestal y las acciones del Programa 3×1 para Migrantes.
Inconforme, porque el vínculo electrónico era inaccesible, la persona solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI.
En alegatos, la dependencia, por conducto de la Unidad de Planeación y Evaluación de Programas para el Desarrollo, proporcionó versión pública del padrón del Programa 3×1 para Migrantes, correspondiente al ejercicio fiscal 2018.
Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Adrián Alcalá Méndez constató, en primer lugar, que sí es posible acceder al vínculo electrónico proporcionado, pero que la información contenida ahí no corresponde con la del Programa 3×1 para Migrantes y, por lo tanto, no atiende de manera puntual la solicitud de información.
Se determinó que, de acuerdo con las reglas de operación del programa, la Secretaría de Bienestar debe contar con un padrón de beneficiaros y con información de las acciones institucionales realizadas, las comunidades beneficiadas, las instancias responsables, las entrevistas domiciliarias, las visitas de campo y el registro de inscripción al programa.
En segundo lugar, se advirtió que, si bien la Secretaría de Bienestar remitió versión pública del padrón de beneficiarios del Programa 3×1 para Migrantes del ejercicio 2018, no dio a conocer los nombres de los beneficiarios, los cuales deben ser públicos, pues se trata de personas físicas o morales que reciben recursos del erario.
Al respecto, se señaló que la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece la obligación de poner a disposición de la sociedad la información de los programas de subsidios, estímulos o apoyos, precisando, entre otros datos, el nombre de la persona física o la denominación social de la persona moral beneficiaria, el monto otorgado, la unidad territorial y, cuando sea el caso, edad y sexo.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de Bienestar y le instruyó hacer una búsqueda exhaustiva y razonable en todas las unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Dirección General de Operación Integral de Programas, a la Dirección General de Padrones de Beneficiarios y a las Delegaciones de Programas para el Desarrollo, a fin de que proporcione a la persona solicitante la información de su interés y, en el caso del padrón de beneficiarios del Programa 3×1 para Migrantes, deberá dejar visibles los nombres de los beneficiarios.