Médicos podrían negarse a la interrupción del embarazo

Mohamed
Mohamed 20/09/2021
Updated 2021/09/20 at 11:13 AM

Por Fernando Madera

Durango, Dgo.- Los profesionales de la medicina de Durango, tendrían la oportunidad de negarse a practicar un aborto, si sus convicciones, ética o religión sean contrarias a ese polémico procedimiento.

En la iniciativa presentada ante el pleno del Congreso de Durango por integrantes del partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), donde se propone la despenalización del aborto antes de las 12 semanas de gestación, se incluye la objeción de conciencia.

El problema de los embarazos no deseados no es un problema menor, según el informe Maternidad en la Niñez del Fondo de Población de las Naciones Unidas, -explican los iniciadores- nos dice que las complicaciones en el embarazo y parto son la primera causa de muerte de las adolescentes entre 15 y 19 años y la quinta causa entre las mujeres de los 20 a los 39 años.

Añadieron que, si hay 126 millones de personas en México, por cada mil personas vivas la taza de nacimiento es de 17.6% y mueren 89 mujeres por cada cien mil partos, es decir, que al menos 637 mujeres mueren. Muertes que son evitables.

El Consejo Nacional de Población informa que una de cada cinco mujeres en México ha tenido al menos un aborto. Hacer el aborto un delito y estigmatizarlo no frena que las personas dejen de abortar, lo único que genera es que se realicen de forma insegura. Criminalizar el aborto aumenta la mortalidad materna y no evita que los abortos ocurran, sino todo lo contrario, ocurren más y más inseguros.

Sin embargo, debido a que no a todos convencen los argumentos respecto a la despenalización del aborto, los legisladores proponen incluir la objeción de conciencia, figura legal que pueden invocar los médicos en caso que, por sus convicciones, creencias religiosas o ética, deciden no realizar esta práctica.

El documento señala que “cuando la mujer decida practicarse la interrupción de su embarazo, y una vez satisfechos los requisitos establecidos previamente por la Secretaría, la institución de salud pública deberá́ efectuarla en un término no mayor a cinco días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud””.

Pero, da la opción al médico de decidir si se realiza el aborto o no: “cuando el personal prestador de servicios médicos a quien corresponda practicar la interrupción legal del embarazo y cuyas creencias religiosas o convicciones personales sean contrarias a tal procedimiento, podrá́ ser objetor de conciencia y por tal razón excusarse de intervenir en la interrupción del embarazo teniendo la obligación de referir a la mujer con una médica o médico no objetor”.

Cuando esto suceda, las instituciones públicas de salud garantizan la permanente disponibilidad de personal de salud no objetor de conciencia en la materia. Cuando sea urgente la interrupción legal del embarazo para salvaguardar la salud o la vida de la mujer, no podrá invocarse la objeción de conciencia.

Todo lo anterior será aplicable en caso que en Durango se apruebe la despenalización del aborto, tema que en fechas recientes ha cobrado auge tras la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde señala que es un derecho humano de la mujer decidir sobre su cuerpo.

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